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mayo 29, 2024

Promulgación de Leyes importantes de Luis Abinader

MINISTERIO PÚBLICO

Hacer una selección de “leyes importantes” es injusto. Para llegar a promulgar una ley, en una democracia que funciona, como la nuestra, implica que la gran mayoría de nuestros representantes estén de acuerdo, aún siendo de partidos distintos. De todas formas, te enumeramos el (¿top 10?) de las consideramos más trascendentales.

Política Pública – Derechos Humanos e Inclusión

Ley 4-23 – Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil

¡No te imaginas lo importante que es esta ley! Si ves que ahora puedes obtener documentos como certificados de nacimientos, matrimonios o de defunciones de manera más ágil y rápida, es por la existencia de este Ley. Ven y te explico. 

Esta pieza normativa tiene por objeto establecer las disposiciones que regularán las actuaciones y efectos del Sistema Nacional de Registro del Estado Civil, como responsable de garantizar el registro, control y archivo de los actos del estado civil de las personas. Es una ley que actualiza a RD en estos temas, derogando la Ley trujillista núm. 659, del 17 de julio de 1944.

Dentro de las novedades de esta ley se destacan la automatización de las oficialías, permitiendo la expedición electrónica de actas y certificaciones relativas a los registros de nacimientos, reconocimientos, matrimonios civiles, canónicos o religiosos, divorcios, reconstrucciones, transcripciones y defunciones, utilizando para su validez la firma digital.

Facilita muchas otras cosas, pero no quiero dejar de mencionar una súper moderna: permite que las personas, al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez al momento de solicitar su cédula de identidad y electoral, dispongan del cambio del orden de sus apellidos, pudiendo colocar el apellido materno en primer lugar.

Esta moderna legislación es un paso más de avance en la modernización del marco normativo del Estado dominicano y sobre todo en el fortalecimiento de servicios administrativos enfocados en la satisfacción de los derechos de los dominicanos.

Ley 43-23 – Reconoce e incluye lenguaje de señas en la República Dominicana

El presidente Luis Abinader promulgó esta Ley que reconoce la lengua de señas en la República Dominicana, cuyo objeto es admitir su uso e incluir la misma como mecanismo oficial de comunicación para las personas sordas en el país.

Ley 34-23 – Protege a personas con Trastornos del Espectro Autista

En junio del 2023, el president Abinader promulgó la Ley de Atención, Inclusión y Protección para las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA). Aunque el Poder Ejecutivo afirma que aún faltan mejoras, se procedió con la promulgación del instrumento legal bajo el compromiso de asumir con prontitud las tareas pendientes en tan importante ámbito. 

Esta labor de revisión parte del interés del Gobierno de garantizar a toda persona que presente cualquier tipo de discapacidad, ser beneficiario de los derechos que se desprenden de su dignidad humana, por lo que la regulación sobre la discapacidad debe atender a criterios de inclusión. 

Política Pública – Institucionalidad

Ley 340-22 – Ley de Extinción de Dominio

Con esta ley, quien haya cometido un delito, se haya lucrado y haya sustraído un solo peso del Estado, ahora, y con la fuerza de la ley, ese dinero deberá volver al Estado. Implica, entre otras cosas, la justicia restaurativa. Un concepto nuevo en nuestro ordenamiento, porque no solo se sanciona, sino que se restaura el daño causado.

La extinción de dominio es un instituto jurídico dirigido contra los bienes de origen o destinación ilícita, y que, como tal, es un instrumento que busca complementar el conjunto de medidas institucionales y legales que estamos adaptando en todos los ámbitos y desde el primer día de la actual gestión.

Ley 60-23 – Administra bienes secuestrados, incautados, y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio

El presidente Luis Abinader publicó la Ley 60-23, la cual tiene por objeto la administración de bienes secuestrados, incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio. La ley establece una serie de principios que rigen la administración de todos los bienes sujetos al ámbito de su aplicación, entre los cuales se encuentran el principio de transparencia y publicidad, principio de eficiencia y economía, principio de objetividad, principio de igualdad y principio de jerarquía.

Entre las novedades que trae consigo está la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide), provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda, como órgano responsable de la administración y destino de los bienes.

Ley 28-23 – Regula el Fideicomiso Público

Primero que nada, es bueno entender que un fideicomiso es un acto jurídico por medio del cual una persona entrega a otra la titularidad de unos activos para que los administre y, al vencimiento de un plazo, transmita los resultados a un tercero. Es una herramienta jurídica muy utilizada en los negocios y para preservar los patrimonios. 

Esta ley regula el fideicomiso público en la República Dominicana. Es la primera vez que se regula esta importante figura, estableciendo un marco legal innovador para su organización, estructura y funcionamiento.

En resumen, la ley estipula que la constitución de los fideicomisos públicos estará sujeta a la aprobación del Poder Ejecutivo mediante decreto y deberá cumplir con el artículo 128, numeral 2, de la Constitución de la República, en casos específicos. Esto evita que cualquier funcionario someta a fideicomiso algún activo Estatal, en detrimento de los intereses de los dominicanos. Asimismo, garantiza que las compras y contrataciones públicas en el marco del fideicomiso público se rijan por la Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas, Obras y Concesiones, y sus modificaciones, asegurando una gestión eficaz y responsable de los fondos públicos.

Ley 2-23 – Ley de Recurso de Casación 

Esta ley regula el procedimiento de casación para conocer de los recursos interpuestos en el ámbito de materia civil, comercial, laboral, inmobiliaria, lo contencioso administrativo y lo contencioso tributario. Se trata de una ley aplicable a todo el territorio nacional que entrará en vigor tras su publicación, según los plazos legales establecidos en la ley, con las excepciones previstas en ella misma sobre las sentencias dictadas antes de dicha entrada en vigor.

Ley 160-21 – Creación del Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones de la República Dominicana 

Esta ley tiene por objeto la creación del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones de la República Dominicana, y establecer las políticas, principios, programas, planificación, estrategias e instrumentos en materia de vivienda, hábitat, asentamientos humanos dignos, la construcción de edificaciones del Estado dominicano, así como los equipamientos que resulten necesarios para el interés general de la Nación. 

Política Pública – Turismo

Ley 8-23, 9-23 y 41-23, – Declara a las Provincias Duarte, Hato Mayor y Espaillat como Provincias Ecoturísticas

Estas leyes declaran como ecoturísticas a dichas provincias, con el objeto de velar por la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y el fomento de las manifestaciones culturales, adecuando la integración y funcionalidad de sus órganos rectores y ejecutores, en beneficio del desarrollo económico y social de sus habitantes.

Política Pública – Comercio

Ley 5-23 – Regula el Comercio Marítimo

A través de esta nueva pieza legislativa se actualiza el marco jurídico de esta rama especial del derecho comercial, que regula todo lo concerniente a los actos y hechos que ocurren en el agua jurisdiccional del Estado dominicano; asimismo, regulariza la clasificación e individualización de las embarcaciones.

En este instrumento legal se logra consolidar la normativa que regula el negocio y las operaciones marítimas que estaban dispersas en distintas normativas. Se establecen procedimientos claros y definidos para los actores que intervienen en los contratos de explotación de naves marítimas, en el transporte internacional de mercancías y demás actividades relacionadas al comercio marítimo.

Política Pública – Planificación Territorial

Ley 368-22 – Ley de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos

Esta ley es un mandato del artículo 194 de la Constitución de la República, pendiente de cumplimiento desde 2010. Esta disposición normativa regula el uso de suelo y crea las herramientas jurídico-administrativas para la formulación de planes de ordenamiento territorial a nivel nacional, regional y municipal, los cuales deberán ir cónsonos con intereses medioambientales, culturales y de desarrollo sostenible.

Dentro de las novedades de la ley se destaca la clasificación del suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable, ubicando dentro de este último los vinculados a actividades agropecuarias o forestales, protegidos medioambiental o culturalmente, o cuando haya sido objeto de una concesión minera.

Política Pública – Justicia

361-22 – Permite al Ministerio Público perseguir sin denuncia el robo sin violencia y sin armas

Okey, esta es buena, chequea: los datos estadísticos dan cuenta de que las denuncias de los robos sin violencia y sin armas en espacios públicos, negocios y hogares, son una de las conductas más recurrentes y perturbadoras de la paz social. Yo sé que estás pensando solo en atracos de malhechores en motores sin canasta, pero hay “atracos” más sofisticados. ¿Recuerdas los casos del tal Mantequilla o de la pseudo neurocientífica? Esos son casos también de robos sin violencia y sin armas, donde incluso, había afectados que defendían a estos “presuntos” estafadores.

Pues esta ley permitirá que, de ahora en adelante, el robo sin violencia y sin armas pueda y deba ser perseguido de oficio por el Ministerio Público, es decir, sin necesidad de que exista una denuncia o querella por parte de la víctima.

399-22 Ley de Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial

¡Esta ley es del futuro! Es un avance significativo para el país y la comunidad jurídica, pues aumentará el acceso a la transparencia, principal pilar de una justicia confiable. Con esta, se establecen los principios y lineamientos para el uso de los medios digitales en el Poder Judicial, sin afectar las normas procesales vigentes. 

Con su aplicación, los usuarios del servicio de justicia podrán visualizar y dar seguimiento a sus expedientes, y se facilitará el acceso a la justicia al permitir realizar solicitudes, depósitos y consultas a través del internet, desde cualquier lugar del país. Con estas facilidades, abogados y ciudadanos tendrán la opción de asistir a sus audiencias de manera virtual, en todas las materias excepto la penal. 

Además, habilita el uso de la firma digital para jueces y servidores judiciales; la creación y acceso a las partes al expediente judicial electrónico, y otras facilidades y ventajas que la transformación digital hace posible.

Política Pública – Seguridad Alimentaria:

Ley 6-22 – Ley Tasa Cero  

Con la inflación generada por la guerra rusa-ucraniana, los precios de los alimentos alrededor del mundo se dispararon al cielo. Así que el Gobierno de Luis Abinader, promulgó una ley de manera provisional, que grava con tasa cero en el Arancel de Aduanas ciertos bienes que afectan el costo de los alimentos que constituyen un componente básico para la alimentación de la familia dominicana.

Fuente:

Ley 4-23 – Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil

Presidente Abinader promulga Ley 60-23, para administración de bienes secuestrados, incautados, y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio

Presidente Abinader encabeza promulgación de la Ley que reconoce la lengua de señas en la República Dominicana

Poder Ejecutivo promulga ley para protección de personas con Trastornos del Espectro Autista

Presidente Abinader promulga importantes leyes

Presidente Luis Abinader promulga Ley sobre Fideicomiso Público

Presidente Abinader promulga leyes para el desarrollo turístico de las provincias Hato Mayor, El Seibo y Duarte

Presidente Abinader promulga ley de comercio marítimo

Presidente Luis Abinader promulga Ley de Recurso de Casación

Presidente Abinader promulga ley de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos

Presidente Abinader promulga Ley que suprime CDEE y UERSS y crea la Empresa Generadora de Electricidad Punta Catalina

Santo Domingo. – El Presidente Luis Abinader promulgó el día de hoy la Ley núm. 365-22, que dispone la supresión de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEE) y la supresión de la Unidad de Electrificación Rural y Sub-urbana (UERSS), al igual que dispone la creación de la Empresa Generadora de Electricidad Punta Catalina.

Presidente Abinader promulga ley que permite al Ministerio Público perseguir sin denuncia el robo sin violencia y sin armas

Presidente Abinader promulga ley propuesta por la Suprema Corte que habilita la justicia digital

Presidente Abinader dice que ahora quien roba en el Estado, tendrá que devolver lo robado

Santo Domingo.- El Presidente Luis Abinader promulgó esta mañana la Ley de Extinción de Dominio, en un acto al que asistieron legisladores de distintas bancadas, así como funcionarios del gobierno y personalidades de la sociedad civil.

Ley 160-21 crea MIVED

https://biblioteca.enj.org/bitstream/handle/123456789/123565/LE160-2021.pdf?sequence=1&isAllowed=y

https://biblioteca.enj.org/handle/123456789/124219

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